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RETOS JURÍDICOS DE LA ECONOMÍA COLABORATIVA EN EL CONTEXTO DIGITAL

Directores: Rosalía Alfonso Sánchez y Julián Valero Torrijos

Dra. María Isabel Grimaldos García, Dra. Rosalía Alfonso Sánchez

Otros autores: Aguilar Cárceles, M.M., Alarcón Sevilla, V., Burillo Sánchez, F.J., Cavas Martínez. F., Cebrián Salvat, M.A., Contreras Delgado de Cos, J.M., De La Vega García, F.L., Ferrando García, F.M., Girona Cascales. I., López Aniorte, M.C., Muñoz Paredes, M.L, Navarro Egea, M., Ortiz González Conde, F.M., Ortiz Vidal, M.D., Pardo López, M.M., Pastor del Pino. M.C., Pérez Riquelme, A., Perona Guillamón, M., Rodríguez Egio, M.M., Rodríguez Herrández, S., Rubio Lara, P.A., Sánchez Hernández, R., Sánchez Tornel, V.M., Selma Penalva, A., Selma Penalva, V., Silos Ribas, M., Sobrino Ruiz, M., Torres Pérez, F.J., Valero Torrijos, J.

Prólogo: Antonio Maudes Gutiérrez

Resumen:

Con la expresión “economía colaborativa” se hace referencia, por regla general, a los nuevos modelos de negocio donde las actividades se realizan mediante las plataformas de colaboración surgidas gracias a los avances de la tecnología de la información. Estas plataformas crean un mercado abierto para el uso temporal de bienes o servicios, a menudo proporcionados por particulares, que reducen las asimetrías informativas y los costes de transacción, incrementando la escala en que tales actividades se llevan a cabo, en forma diferente a la tradicional.

Desde una perspectiva jurídica, la economía colaborativa conlleva incertidumbre, tanto en lo que se refiere a la posibilidad de aplicar a esta nueva realidad disposiciones preexistentes dictadas para regular un modo de actuar diverso, como en lo que se refiere a la oportunidad o no de avanzar en una regulación nueva y específica de la realidad surgida.

En el terreno práctico, diversas plataformas colaborativas están encontrando dificultades para su desarrollo en nuestro Estado, estando judicializados, hasta el momento, los casos atinentes a Cabify, Uber y BlaBlaCar en Madrid y a Uber y Airbnb en Barcelona. En algunos supuestos son los competidores los que demandan a las plataformas por competencia desleal por infracción de normas; en otros son las propias administraciones las que sancionan a las plataformas por actuar al margen de las normas propias de la actividad regulada de sectores concretos, como transporte o alojamiento.

En el presente libro los autores reflexionan sobre estos nuevos modelos económicos, sobre la oportunidad de regular los nuevos mercados desde la perspectiva del derecho de la competencia, del derecho laboral o del derecho fiscal, entre otros sectores, en orden a verificar si los instrumentos jurídicos existentes en nuestro Ordenamiento son o no adecuados para hacer frente a la nueva realidad, tomando como referencia la Comunicación de la Comisión Europea sobre la Agenda europea para la economía colaborativa y el Estudio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sobre los Nuevos Modelos de Prestación de Servicios y la Economía Colaborativa.