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NOVEDADES LEGISLATIVAS EN TORNO A LA RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA: EL INFORME NO FINANCIERO

MIÉRCOLES, 6 DE NOVIEMBRE DE 2019, 16.30 h. SALON DE ACTOS CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE CASTELLÓN

Dra. Carmen Boldó Roda - Universitat Jaume I

 

Entendemos Responsabilidad Social Corporativa (RSC) como la integración de manera activa y voluntaria por parte de las entidades públicas y privadas de las preocupaciones sociales, económicas y medioambientales en sus operaciones comerciales y en sus relaciones con empleados, inversores, clientes, etc., con un objetivo claro, mejorar su situación competitiva y su valor añadido, a la vez que suman impactos positivos en la sociedad (impactos medibles y cuantificables). Por lo tanto, la RSC tiene una connotación ética y deontológica que da la oportunidad a las entidades de mostrarse responsables para con la sociedad y así mejorar su imagen, ganar puntos de cara a posibles y potenciales clientes, y lo más importante, aportar cambios y acciones significativas y reales a la sociedad y la sostenibilidad.

Como hemos indicado, la RSC es totalmente voluntaria. Sin embargo, a raíz de la Directiva 2014/95 UE, esta perspectiva voluntaria empieza a dar un cambio. En España, esta Directiva se traspone a través del Real Decreto Ley 18/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad. ¿Cuál es el objetivo de esta Directiva y, por tanto, del Real Decreto Ley? El objetivo es ampliar la información no financiera del informe de gestión que acompaña a las cuentas anuales de grandes empresas. Estas empresas deben incluir un estado de información no financiera consolidado en el informe de gestión consolidado, o elaborar un informe separado con el mismo contenido que el previsto para las cuentas consolidadas. Se debe incluir la información necesaria para comprender la evolución, los resultados y la situación del grupo y el impacto de su actividad respecto a:

 Cuestiones medioambientales y sociales,

 Las relativas al personal,

 Respeto de los derechos humanos,

 Lucha contra la corrupción y el soborno.

Por lo tanto, la RSC empieza a consolidarse como obligatoria. En esta jornada examinaremos las consecuencias que ello puede tener para un futuro cada vez más cercano y las obligaciones que se imponen a las empresas.

JORNADA RSC