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CIDES EN ALMERÍA

Dr. José Miguel Embid Irujo - Universidad de Valencia

Hace ya tiempo que es la Economía y no el Derecho la ciencia o el saber (elija el lector lo que prefiera) que atrae con relevante mayoría la atención de la sociedad. Y como la marcha de la propia sociedad ha alcanzado en los últimos tiempos especiales niveles de aceleración, pero también de innovación, real o supuesta, es frecuente que a dicha palabra le acompañen calificativos variados, susceptibles, a la vez, de nombrar y de expresar todo lo que en la sociedad sucede. Buena parte de esos calificativos terminan abandonados en la cuneta, incapaces de seguir el ritmo acelerado de nuestros días, en tanto que otros gozan de mejor fortuna y dan lugar, incluso, a materias del curriculum de los estudiosos, quienes no cesan de elaborar sesudas y variadas aportaciones, algunos de cuyos elementos terminan llegando al gran público. Tenemos, así, muchas “Economías” en el tiempo presente (social, colaborativa, circular, sostenible, etc.), que interesan, desde luego, a los economistas; ese interés, del mismo modo, afecta a otras disciplinas, como el Derecho, que intenta hacerse un hueco en el agitado debate intelectual de nuestros días, a fin de que los ciudadanos y las instituciones puedan prestar atención a su particular punto de vista.

Es verdad que, por su condición de saber secular y, por ello mismo, altamente elaborado, quizá no sea fácil para el Derecho la adaptación a la incesante sucesión de tópicos y criterios de nuestro tiempo. A pesar de esta circunstancia, debe reseñarse el esfuerzo de numerosos juristas, no siempre acompañados por el legislador o las instituciones, en seguir de cerca la realidad del debate social, procurando ofrecer una respuesta templada y segura desde el mismo Derecho. No se hace de este modo, ciertamente, nada nuevo; si se mira bien, se da estricta continuidad, incluso, a lo que ya pretendían los juristas romanos con su conocida fórmula da mihi factum, dabo tibi ius; o, lo que es lo mismo, ante una determinada realidad fáctica, sea nueva o no, ofrecida al jurista, es misión profesional de éste encontrar la pertinente respuesta jurídica.

La novedad puede residir –y es común que así suceda- no tanto en los datos aislados y circunstanciales mostrados como innovadores en el hecho social concreto, sino, más bien, en su configuración espiritual, si se me permite la fórmula, parafraseando la conocida expresión de Goethe. De modo que, encontrado ese elemento intangible, podrá el jurista bien formado en el arte del Derecho (condición esta indispensable para merecer dicho nombre) dar con la clave del asunto y proponer, siempre con cautela, una línea de tratamiento adecuada y proporcionada a la demanda de “juridicidad” que, más o menos expresamente, casi todo hecho social plantea.

Este largo exordio, más extenso de lo que imaginaba en el momento de iniciar el commendario, no tiene otra finalidad que servir de cauce introductorio a la exposición resumida de un importante evento académico (la jornada “Nuevos paradigmas económicos e innovación social corporativa”). Tuvo lugar en la Universidad de Almería el pasado día 5, martes, con motivo de la inauguración del Centro de Investigación en Derecho de la Economía social y en la empresa cooperativas (CIDES), dirigido por el profesor Carlos Vargas Vasserot, catedrático de Derecho Mercantil en dicha Universidad. Y aunque este Centro ha elegido un “apellido” de la Economía bien característico y con un significado que se afianza progresivamente, es lo cierto que en las ponencias presentadas a la Jornada en cuestión, fueron varias las “Economías” consideradas, bien en sí mismas, bien, sobre todo, desde la perspectiva del Derecho.

Tras la inauguración oficial, presidida por el profesor Carmelo Rodríguez Torreblanca, Rector Magnífico de la Universidad de Almería, me correspondió el honor de impartir la conferencia inaugural titulada “Derecho de sociedades, Economía social y Responsabilidad Social Corporativa”. En ella intenté mostrar la utilidad que para la mejor configuración del Derecho de la Economía social podría tener el empleo inteligente y sistemático del “patrimonio” intelectual característico del Derecho de sociedades. Para ser certera, dicha propuesta, con todo, no puede ignorar que desde la Economía social se exportan hoy contenidos relevantes al Derecho de sociedades mercantiles, como sucede, entre otros extremos, con la responsabilidad social de las empresas y, de manera más institucionalizada, con las sociedades de beneficio o interés común, haciendo posible la “mutua fecundación” entre ambos sectores.

De estas últimas figuras, precisamente, se ocupó en la Jornada Jaime Alcalde Silva, profesor asistente de Derecho privado en la Pontificia Universidad Católica de Chile, con una ponencia titulada “Empresas BIC, el movimiento B-Corp y su regulación en Derecho comparado”, que dio origen a la primera mesa de la Jornada (“Nuevas manifestaciones de la Economía social tras la crisis económica y la respuesta del ordenamiento jurídico”). Prestó atención el ponente a las diversas manifestaciones que reviste en nuestro tiempo esta modalidad societaria desde su surgimiento en Estados Unidos, y su posterior expansión a otros países, con especial atención a lo sucedido en Iberoamérica. Con matices, que ahora no vienen al caso, las empresas de esta naturaleza intentan combinar la tradicional finalidad lucrativa, propia de las sociedades mercantiles, con la consecución de objetivos de interés general, más característicos de la Economía social.

Con posterioridad, y también en esta primera mesa, intervino Francisco Trillo Párraga, profesor titular de Derecho del Trabajo en la Universidad de Castilla La Mancha, quien desarrolló su ponencia sobre el tema “Economía colaborativa y relaciones de trabajo”. En su documentada exposición, se ocupó Trillo de precisar y delimitar la incidencia en la vertiente jurídico-laboral de los supuestos que hoy se reclaman de esa singular Economía; no es un dato menor en dicho ámbito el importante relieve de las nuevas tecnologías, cuya efectiva presencia ha de ser contemplada y valorada, sin que ello permita disminuir, como tantas veces sucede, el significado plenario de la posición jurídica de quienes trabajan en las empresas pertenecientes a la Economía colaborativa.

La segunda mesa se dedicó a analizar las “Oportunidades y retos de los modelos alternativos de Economía”. Dentro de ella intervino, en primer lugar, Pilar Alguacil Marí, catedrática de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de Valencia, quien se ocupó de presentar los principales caracteres de la llamada “Economía del Bien Común”. Son escasos los años transcurridos desde la publicación de las obras fundacionales de esta singular modalidad de entendimiento de la Economía, algunas de ellas no debidas, precisamente, a economistas profesionales. Esa cercanía, con todo, no ha impedido la generación de un amplio conocimiento sobre el modo en que habría de desarrollarse la actividad económica atenida al paradigma del “Bien común”, cuya denominación misma evoca una aspiración clásica, susceptible, tal vez, de encauzarse en nuestros días, merced a una metodología singular que, esa sí, es propia de nuestro tiempo.

Por su parte, María Jesús Muñoz Torres, catedrática de Economía Financiera y Contabilidad en la Universidad Jaume I de Castellón, analizó los “Retos de la Economía Circular”, quizá la última modalidad económica salida a la palestra, si bien, como las anteriores, dotada de un amplio recorrido no sólo intelectual, sino de inmediata aplicación a la realidad de nuestros días. Se asocia la Economía circular a la sostenibilidad, magnitud de presencia generalizada en todos los órdenes de la vida actual, cuyo relieve para el desarrollo de la actividad económica en el mercado es hoy un factor de la mayor importancia. Así lo mostró la ponente, prestando detenida atención a las metodologías y técnicas susceptibles de servir a la puesta en práctica del afán sostenible que impulsa a la Economía circular frente a la más tradicional Economía productiva.

Todas las ponencias presentadas a la Jornada de inauguración del CIDES fueron seguidas de animado coloquio que sirvió para poner de manifiesto no sólo el interés de los temas tratados, sino también la amplitud de los objetivos que caracterizan a la constitución de dicho centro. Objetivos, por lo visto, no sólo asumidos por quienes han hecho posible su existencia, como investigadores de diversas ramas del saber, sino también por la Universidad de Almería como institución de acogida, así como por diversas entidades del mundo social y económico de la ciudad, cuya presencia en el acto de inauguración ofreció a CIDES el respaldo necesario para iniciar una prometedora andadura. Debe destacarse, en tal sentido, el significativo apoyo de Cajamar, cuyo prestigio como cooperativa de crédito y, por ello mismo, como acreditada entidad de Economía social, no parece necesario destacar en este momento.

Sin ser, claro está, el único centro dedicado en España a estos menesteres, parece necesario señalar el amplio abanico de materias que va a atraer la atención de CIDES. Desde luego, la Economía social, sector no del todo consolidado como disciplina científica, si bien dotado, al menos desde el Derecho, de una significativa configuración y apoyado, de manera explícita, en una detallada, aunque no siempre coherente, legislación. Pero, como puso de relieve el profesor Carlos Vargas  en la clausura de la Jornada, no sólo se tratará en CIDES de estudiar (y practicar) la Economía social, sino de hacer posible que la actividad económica, cualquiera sea ésta y con independencia de la modalidad jurídica que se elija, sea, en última instancia, más social, en beneficio conjunto de toda la sociedad.

Se abre, así, un horizonte prometedor para cuya efectiva concreción va a contar CIDES con un apoyo variado y diverso a fin de que sus miembros (modernos Cides, a semejanza del Cid medieval) puedan librar con garantías de éxito las muchas batallas (por supuesto incruentas) que su sana ambición les planteará en su, así lo deseo, larga y fructífera trayectoria.