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¿HACIA UN DERECHO AGROALIMENTARIO? (CON IMPORTANTE RELIEVE DEL DERECHO DE SOCIEDADES)

Dr. José Miguel Embid Irujo - Universidad de Valencia

Para quienes nos dedicamos al Derecho Mercantil, constituye preocupación constante la delimitación precisa de su contenido, lo que, en el fondo, no deja de traslucir una cierta inquietud por su justificación, en el contexto del ordenamiento, como disciplina autónoma. Y los que ya hemos dejado atrás, como profesores universitarios, un número no desdeñable de  trienios (completado por los menos tradicionales quinquenios y sexenios), todavía recordamos con nitidez uno de los axiomas del “viejo” Derecho Mercantil: su aparente incompatibilidad o, quizá mejor, su inadecuación notoria para regir jurídicamente las circunstancias y la realidad misma de la actividad agrícola. No faltaba por aquellos tiempos quien sostenía, sobre todo en el ámbito del Derecho civil, la vigencia de una singular disciplina, llamada, a la sazón, “Derecho agrario”, relativa, con especial intensidad, al dominio y a otros derechos reales sobre el suelo agrícola, así como a los contratos idóneos para su explotación.

En tanto que ese Derecho agrario ha mantenido su existencia y ha ido evolucionando, con una no escasa ayuda del Derecho público, al hilo de la propia evolución social, el Derecho Mercantil ha vuelto sus ojos al campo y a la agricultura, por apreciar en dichos ámbitos, desde luego, muestras cada vez más relevantes de actividades económicas, dotadas de importante organización y con presencia creciente en el mercado. Afrontar con perspectiva jurídica esa realidad, al margen del nombre que se le quiera dar, es, por tanto, tarea urgente y aunque no puede decirse que, hasta el momento, sea un “espacio vacío de Derecho”, sí es evidente la necesidad de buscar una perspectiva, unitaria pero conjunta, para lograr su mejor tratamiento.

Sobre la base de estas consideraciones, me parece importante dar noticia en esta sección de una interesante jornada celebrada el pasado 4 de abril en la Universidad de Jaén sobre “Tendencias actuales en el mercado agroalimentario andaluz”, en la que tuve el honor de participar. En ella no sólo se habló de Derecho, particularmente de Derecho Mercantil, pues con buen acierto, sus organizadores, los profesores Ángel Martínez Gutiérrez y Trinidad Vázquez Ruano, consideraron imprescindible incluir también la perspectiva de la empresa agroalimentaria, así como la reflexión económica. Por ser muchos los temas de interés que a lo largo de la jornada se suscitaron, tanto por los ponentes como por los asistentes, en los diversos coloquios, me limitaré aquí a evocar el programa de la jornada, la cual, ciertamente, constituyó un éxito.

De acuerdo con el usus modernus en este tipo de celebraciones académicas, la jornada se dividió en tres mesas. La primera se dedicó a la “Producción y distribución de productos agroalimentarios” y en ella intervino, en primer lugar, Luis Javier Gutiérrez Jerez, catedrático de Derecho Civil en la Universidad de Jaén, quien se ocupó del tema “Cuestiones sobre la titularidad de la explotación agraria”. Seguidamente, Ángel Martínez Gutiérrez, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Jaén, disertó sobre “Información al consumidor y figuras jurídicas de la calidad agroalimentaria”. Al tema “Marketing y figuras de calidad” se refirió en su ponencia Francisco José Torres Ruiz, profesor titular de Comercialización e Investigación de mercados en la Universidad de Jaén. Esta mesa concluyó con la intervención de Antonio Jiménez Hidalgo, director general de Manzanilla Olive S.Coop. And., relativa a la “Exportación de aceitunas de mesa en USA. Problemática arancelaria de los últimos años”.

La segunda mesa, quizá la más cercana al propósito de “El Rincón de Commenda”, versó sobre “Entidades societarias relevantes en el ámbito agroalimentario”. Carlos Vargas Vasserot, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Almería y primer ponente de la mesa, se ocupó del tema “Novedades en el marco legal de las sociedades cooperativas en Andalucía”. A continuación Alfonso Parras Martín, profesor titular (E.U.) de Derecho Mercantil en la Universidad de Jaén, trató de los “Aspectos sobre la organización cooperativa”. Por su parte, Francisco Javier Valenzuela Garach, profesor titular de Derecho Mercantil en la Universidad de Granada se refirió a los “Aspectos sobre las entidades financiadoras y promotoras, las Cajas Rurales”. Me correspondió el siguiente turno, correspondiente a la “Relevancia de los grupos de sociedades en la distribución y comercialización de productos agroalimentarios”. Por último, Juan Carlos Gadeo Parras, presidente del Grupo Interóleo Picual Jaén, S.A., y Óleocampo, S.Coop.And., aludió en  su ponencia a las “Experiencias en la gestión de diferentes sociedades mercantiles en el sector oleícola”.

La tercera y última mesa llevaba por título “Información al consumidor en el agroalimentario: incursión de las Nuevas Tecnologías”. La primera ponencia correspondió a Juan Ignacio Peinado Gracia, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Málaga, quien trató de “La incursión de Amazon en el sector agroalimentario: ¿problemas de competencia”. Seguidamente, Encarnación Moral Pajares, profesora titular de Economía Aplicada en la Universidad de Jaén, se ocupó del tema “Ventajas competitivas, TIC y comercialización de productos agroalimentarios”. Eduardo Muñoz Durán, gerente de “Oliva Oliva”, se refirió, por su parte, a “Estructura de precios en la era Internet”. Concluyó esta mesa con la ponencia de Fernando R. Ortega, fundador de ILOVEACEITE (España) y de ILOVEACEITE (Estados Unidos), sobre “Experiencia como plataforma de venta y exportación nacional e internacional”.

De esta sumaria exposición de la Jornada celebrada en la Universidad de Jaén habrá podido deducir el lector la amplia variedad temática abordada, dentro, claro está, de su común enunciado. También resulta fácil de percibir, reiterando lo que decía al principio de este commendario, la adecuada combinación de materias jurídicas, sin duda las predominantes, con planteamientos de tipo económico y con la presentación de experiencias empresariales por parte de entidades relevantes en el mercado agroalimentario. Con todo, el jurista interesado por este tipo de cuestiones quizá haya adivinado en el programa la presencia implícita de una circunstancia que pone de manifiesto, como sucede habitualmente en nuestro oficio, la continuidad de los planteamientos propios del momento presente con algunos criterios tradicionales. En este sentido, no parece difícil percibir en las diversas ponencias presentadas en la Jornada a la que me refiero el eco del conocido enunciado de Gayo sobre “personas, cosas y acciones”, como resumen y compendio del contenido del Derecho privado.

Sí, efectivamente, se habló, con terminología actual, de ese triplete temático en Jaén. Pero, a la vez, fueron numerosos los aditamentos aportados a las personas, cosas y acciones. Es posible que el principal añadido, para los juristas, se deduzca de la progresiva implicación del Derecho Mercantil en el ámbito agrícola, no tanto o no sólo en relación con algunas de las cuestiones particulares que fueron objeto de análisis a lo largo de la Jornada, sino, sobre todo, respecto de la inserción de la actividad agroalimentaria, realizada por operadores económicos que constituyen empresas, bien unitarias, bien articuladas gracias a la conjunción de varios sujetos, en el dominio del mercado.

Esta cuestión, que no es precisamente de ahora, adquiere en nuestro tiempo, sin embargo, un relieve determinante; y aunque la tecnificación progresiva del sector, que ha dejado de ser sólo agrícola para pasar a ser agroalimentario, no sirva para eliminar las inclemencias de la atmósfera, con cambio climático o sin él, es lo cierto que el sintagma “empresa agraria” es en nuestros días bastante más que una formulación retórica, sin perjuicio, eso sí, de su inserción en un ámbito específico, el mercado, como acabo de señalar, con los condicionamientos que tal extremo supone.

Como en tantas otras ocasiones, con la posibilidad de un Derecho agroalimentario se plantea al jurista el reto de configurar un sector de la realidad jurídica desde una perspectiva unitaria. En el marco de la clasificación todavía vigente en muchos países dentro de los estudios jurídicos, esta disciplina parece referir su “núcleo esencial” al terreno propio de los privatistas, con amplia y progresiva aportación, eso sí, desde el Derecho Mercantil, algunos de cuyos sectores, en particular el de las personas jurídicas, están llamados a desempeñar un papel destacado.

Sería equivocado, además de pretencioso, adscribir la nueva materia, cuyos perfiles, no obstante, están todavía por delimitarse con precisión, a un determinado ámbito conceptual. Más razonable parece buscar la conjunción de esfuerzos, no sólo jurídicos, para el mejor tratamiento de los múltiples asuntos implicados, pues sólo con esa orientación conseguirá el Derecho agroalimentario cumplir las relevantes funciones que hoy se le quieren asignar. Y no parece inconveniente destacar el importante papel que en su seno jugará el Derecho de sociedades, entendido, sobre todo, como Derecho de organización de los operadores económicos en el mercado. En esa línea se movió la grata Jornada celebrada en la Universidad de Jaén, por cuyo exitoso desarrollo hay que felicitar sinceramente a sus organizadores.